Subvenciones a entidades locales para archivos 2024

Información básica

- Las entidades locales de la Comunidad Foral de Navarra, entendiéndose por tales las descritas en los artículos 2 y 3 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

- Las entidades solicitantes deberán cumplir con los requisitos generales que establece el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Bases reguladoras

Dotación presupuestaria:

Límite máximo 70.000 euros

Importe de la subvención:

La cuantía de la subvención a conceder será la necesaria para financiar el 40% de los gastos del proyecto o programa que se presente (IVA incluido). El IVA aplicable a estos efectos será el vigente en el momento de publicación de la convocatoria. La ayuda máxima a conceder por beneficiario será de 5000 euros. En aquellos casos en los que las solicitudes correspondan a proyectos de aplicación sobre el patrimonio documental en riesgo, podrá aumentarse la cuantía de la subvención hasta el 60%, siempre que se justifique adecuadamente y no supere la ayuda máxima establecida (5.000 euros).

Pasos del procedimiento:

1. Comprobación de la documentación administrativa.

2. Reclamación, en su caso,  de la documentación incompleta.

3. Valoración de las solicitudes y determinación de los importes de la subvención.

4. Resolución de concesión.

5. Notificación a cada solicitante y en la página Web del Gobierno de Navarra.

6. Recepción de aceptación de subvenciones.

7. Presentación de memoria justificativa del trabajo subvencionado, materiales científicos y técnicos y justificantes de gastos realizados.

8. Resolución de abono.

Junto con la solicitud, las entidades locales que acudan a esta convocatoria, deberán presentar la siguiente documentación:
a) Memoria detallada en la que se contemplen los objetivos, actividades, plazos, presupuestos detallados y justificación del proyecto o programa que se presente.
b) Descripción de los locales de archivo e identificación de los fondos documentales y de los instrumentos de descripción conservados en el archivo municipal de la entidad local.
c) Acreditación de la cualificación técnica o profesional, para la adecuada ejecución de los trabajos archivísticos objeto de la solicitud, de la persona o personas integrantes del equipo o empresa al cual se vayan a encomendar.
d) Acreditación del compromiso de mantener operativo el proyecto o programa objeto de subvención.
e) En el caso de colaboración entre varias entidades locales, certificación de las respectivas secretarías de dicha colaboración.

Además:

Cualquier otra información complementaria, incluso fotografías, que a juicio del solicitante contribuya a justificar la solicitud.

  • Orden Foral 50/2016, de 10 de junio, por la que se aprueban las instrucciones para la organización y gestión de los archivos de las entidades locales de Navarra con población inferior a 15.000 habitantes.
  • Orden Foral 5E/2024, de 15 de febrero, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones a entidades locales de Navarra para la puesta en funcionamiento o consolidación de un sistema de archivo propio.

Resultados

RESOLUCIÓN 90E/2024, por la que se resuelve la convocatoria.

Contacto

 

Servicio de Archivos y Patrimonio Documental

C/Dos de Mayo s/n

31001 Pamplona

servicio.archivos@navarra.es

Organismo responsable - convocante
Departamento de Cultura, Deporte y Turismo
Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana

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