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Convocatoria de subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas de jubiloteca en el año 2026
En resolución
Información básica
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Entidades Locales y Mancomunidades de Servicios Sociales de la Comunidad Foral de Navarra que realicen programas de jubiloteca durante el año 2026, y cuya finalidad sea la promoción de la autonomía y prevención de la dependencia de las personas mayores.
Las entidades no podrán presentar más de un programa. Las entidades que hayan presentado un programa de forma mancomunada con otras entidades locales, no podrán presentar otro de forma individual.
Descripción keyboard_arrow_down
La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas de jubiloteca durante el año 2026, destinados a personas mayores de 65 años que, sin llegar a presentar dependencia, presenten signos de fragilidad, y las personas mayores de 60 años con discapacidad.
Se admitirá también la participación de personas con dependencia moderada, con un nivel de funcionalidad que permita su participación en el programa. En ningún caso el porcentaje de personas con dependencia moderada podrá superar el 30% de las plazas de la jubiloteca.
Dichos programas deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Duración de, al menos, ocho meses durante 2026.
b) Jornada mínima de tres horas diarias, durante al menos 3 días a la semana o con una jornada mínima de 2 horas diarias, durante al menos 4 días a la semana. Excepcionalmente, en aquellas Mancomunidades, donde el servicio de jubiloteca se preste físicamente en más de una población, el computo de horas semanales de servicio, entre todas las poblaciones que configuren la mancomunidad, será de un mínimo de 8 horas.
c) Áreas de intervención: Actividad física y capacitación funcional; Cognitiva; Emocional-afectiva y social.
Se podrán diseñar programas que aborden el asesoramiento, la formación e información a las personas cuidadoras no profesionales de las personas mayores y/o dependientes. El diseño de estos programas consistirá en propiciar la información y asesoramiento, así como intervenciones psicoeducativas grupales a las familias cuidadoras, promoviendo prácticas basadas en buenos tratos.
d) Contratación de profesionales que diseñen el programa, cuyo perfil será el de profesionales universitarios que tengan la titulación sanitaria o del ámbito social y, por otra parte, de profesionales que ejecuten el programa, atendiendo de manera directa a las personas usuarias, cuyo perfil tendrá como mínimo formación reglada social y/o sanitaria. Excepcionalmente, en aquellas entidades locales o mancomunidades, en las que se tengan especiales dificultades para encontrar el perfil profesional requerido, se podrá autorizar, previa justificación de las mismas, la contratación de figuras profesionales con otro perfil formativo.
Las actividades llevadas a cabo en la jubiloteca deberán adaptarse a las circunstancias individuales de las personas participantes, atendiendo a su situación de salud, discapacidad y/o dependencia.
En ningún caso se subvencionarán programas realizados en el domicilio de las personas usuarias.
Documentación a presentar keyboard_arrow_down
SOLICITUD
1. Solicitud de subvención.
2. Proyecto técnico del programa (guía de ayuda para cumplimentarlo).
3. Copia de la titulación de las personas profesionales que lleven a cabo la intervención directa en el programa.
JUSTIFICACIÓN
Justificaciones parciales:
Plazo: 10 de noviembre de 2026
Documentación a presentar:
a) Listado de gastos de personal aplicados a la subvención.
b) Memoria técnica sobre la ejecución de los programas subvencionados (guía de ayuda para cumplimentarla).
c) Listado de personas usuarias del programa subvencionado.
d) Cuenta de resultados (ingresos y gastos) del programa subvencionado
e) Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 12.000,00 euros en el supuesto de suministro de bienes o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia, el beneficiario deberá acreditar ante el órgano concedente que la elección del proveedor se ha realizado con criterios de eficiencia y economía, de acuerdo con las condiciones del mercado.
Justificación final:
Plazo: 28 de febrero de 2027
Documentación a presentar:
a) Memoria técnica sobre la ejecución de los programas subvencionados (guía de ayuda para cumplimentarla).
No será necesario presentar esta memoria en el caso de que se haya presentado en la justificación parcial.
Normativa keyboard_arrow_down
Orden Foral 340E/2026, por la que se aprueba la convocatoria.
Resultados
Concesión de la ayuda keyboard_arrow_down
Resolución 809E/2026, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas de jubiloteca (publicado el 28/08/2026).
Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas
Sección de Programas y Gestión de Subvenciones
C/ González Tablas, 7
31005 Pamplona
Teléfono: 848 42 69 00
Correo electrónico: inbtered@cfnavarra.es
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