Subvenciones a entes locales para la transformación de oficinas y puntos de información turística

En el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea – Next Generation EU.

Oinarrizko informazioa

Entidades locales de Navarra reguladas en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

Quedan excluidas las entidades locales que pertenecen al  área metropolitana de la “Comarca de Pamplona” (conforme a la demarcación recogida en el Anexo I de la Ley Foral 4/2019, de Reforma de la Administración Local de Navarra), dado que se trata de una subvención en el marco de las actuaciones del ACD Navarra Rural,  cuyo objeto es la cohesión entre destinos en el ámbito rural de la Comunidad Foral, excluyendo el área metropolitana de Pamplona.   

Podrán ser objeto de subvención al amparo de esta convocatoria la ejecución de proyectos de transformación de oficinas y puntos de información turística ubicados en edificios de titularidad pública de alguna entidad local de Navarra, que esten abiertos al público durante, al menos, Semana Santa, verano (1/07 al 15/09), todos los puentes del año y los fines de semana de abril a junio inclusive y del 15/09 a 31 de octubre. En el caso de Oficinas de Servicios Turísticos de nueva creación, se deberá adquirir dicho compromiso.

Áreas de mejora subvencionables:

a) Digitalización

Dentro de este apartado se podrán subvencionar tanto la adquisición de software de gestión que utilicen APIS (aplicaciones) compatibles con los sistemas de gestión de GN, como la de hardware, elementos físicos que permitan la atención 24/7 y mejoren la experiencia del visitante.

b) Accesibilidad e inclusividad

Inversiones necesarias para la adecuación de espacios y servicios del punto de información contempladas en la “Guía para crear y gestionar oficinas de turismo y atención ciudadana accesibles e inclusivas”.

c) Reformas, acondicionamiento y mejoras de las instalaciones

Obras de aislamiento interior, saneamiento, electricidad, instalación de sistemas de seguridad, sistemas de calefacción, climatización, albañilería, fontanería o carpintería.

d) Comunicación ADN territorio

Inversiones en equipamiento, mobiliario y decoración según elementos distintivos de la zona en la que se ubique, y con estándares de sostenibilidad y artesanía o producción local. Deben así mismo conservar y reforzar la marca turística de Navarra.

e) Nuevos servicios

Inversiones necesarias para adecuar las instalaciones a las necesidades del visitante siempre y cuando las mismas vengan debidamente argumentadas del segmento al que van dirigidas y las necesidades que cubren (turismo en bici, turismo familiar, etc…).

f) Honorarios profesionales

Honorarios por servicios técnicos profesionales imprescindibles y directamente relacionados con la ejecución de los proyectos subvencionables tales que: gastos por la redacción del proyecto, la dirección de obra, los gastos de ingeniería y los de proyectos de decoración o de instalación. Se admitirá como subvencionable por estos conceptos un máximo del 10% del presupuesto de las inversiones previstas subvencionables.

 

1. Formulario de solicitud debidamente cumplimentado y firmado utilizando la firma electrónica de la persona que tenga poder de representación suficiente de la entidad local.

2. Declaraciones en relación con la ejecución de actuaciones del Plan del Recuperación Transformación y Resilencia (PRTR), conforme al modelo del Anexo II, firmado utilizando la firma electrónica de la persona que tenga poder de representación suficiente.   

3. Memoria descriptiva de las actuaciones para las que se solicita la subvención que incluirá, como mínimo, información detallada y pormenorizada sobre los siguientes aspectos:

  • Objetivos que se persiguen con la actuación.
  • Justificación del interés de la actuación.
  •  
  • Detalle de las áreas de mejora a las que afecta e inversiones asociadas a cada una de ellas.

4. Memoria valorada o, en caso de que las inversiones lo requieran, proyecto de ejecución de obras debidamente sellado.

5. En el caso de solicitudes de actuaciones que incluyan como costes elegibles obra civil, estudio de gestión de residuos donde se justifique el cumplimiento del requisito relativo al mínimo del 70 % de residuos, firmado por técnico competente, o en su defecto declaración responsable firmada por el representante del beneficiario en el que se compromete a cumplir y aportar toda la documentación necesaria para justificar el cumplimiento de lo indicado.

6. En su caso, autorizaciones correspondientes (Medio Ambiente, Patrimonio, u otras).

7. Presupuesto detallado por conceptos, facturas proforma o facturas, que permitan cuantificar los gastos, no admitiéndose en ningún caso, estimaciones de gasto soportadas en apreciaciones o valoraciones de la entidad solicitante.

8. Fotografías del estado de las instalaciones a fecha de presentación de la solicitud.

9. Cronograma de ejecución de las actuaciones, fases de ejecución de la actuación y estado de ejecución en el momento de presentar la solicitud de subvención.

10. Certificación de quien ejerza las funciones de Secretaría de la entidad local de que los impuestos indirectos correspondientes a la subvención solicitada, no son susceptibles de recuperación o compensación, según lo dispuesto en el artículo 28.8 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

11. Acreditación de que la entidad solicitante es titular de la oficina o punto de información turística.  A estos efectos se presentará un certificado de la Secretaría de la entidad local que acredite dicha circunstancia.

12. Compromiso de los periodos de apertura anuales previstos.

13. Copia de contratos del personal de la oficina o punto de información.

14. En caso de solicitar el anticipo de pago regulado en la base 11ª, deberá presentarse certificación acreditativa de la necesidad de provisión de fondos para el cumplimiento de los fines de la subvención, emitida por quien ejerza las funciones de Secretaría de la entidad local solicitante. 

Anexo III: Requisitos y obligaciones MRR

ORDEN FORAL 54E/2024, de 3 de mayo,de la Consejera de Cultura, Deporte y Turismo, por la que se aprueba la convocatoria. 

Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (2021/C 58/01).

Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por la Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

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Servicio de Ordenación, Gestión y Calidad del Turismo

Sección de Ayudas y Subvenciones

Teléfono: 848 42 46 25

Correo electrónico: turismo.ayudas@navarra.es

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